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Legal y normativa

6 obligaciones del administrador de fincas según la LPH (con consecuencias reales)

Conocer las obligaciones del administrador de fincas según la Ley de Propiedad Horizontal es la mejor forma de saber si el tuyo cumple — y de exigir lo que te corresponde. Mucha gente sabe lo que su administrador «hace», pero no lo que está obligado a hacer por ley. Vamos a recorrerlas con la LPH en la mano, artículo a artículo.

obligaciones administrador fincas

Marco legal: el artículo 20 de la LPH

El artículo 20 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal es el que establece las funciones del administrador. Son seis obligaciones principales:

1. Velar por el buen régimen de la casa, instalaciones y servicios

Significa supervisar el estado del edificio: zonas comunes, instalaciones (ascensor, calefacción, electricidad, agua), seguridad y mantenimiento. Implica visitas regulares y respuesta a incidencias. Sin esto, las otras funciones no se sostienen.

2. Preparar y someter a la Junta el plan de gastos previsibles

Es el presupuesto anual. Debe presentarse con detalle de gastos previstos y los medios para cubrirlos. La comunidad lo aprueba, modifica o rechaza en junta. Sin presupuesto aprobado, no puede haber derramas ordinarias bien justificadas.

3. Atender la conservación del inmueble y disponer las reparaciones urgentes

El administrador puede (y debe) ordenar reparaciones urgentes sin esperar a junta cuando hay riesgo de daño mayor. Después da cuenta a la comunidad. Una fuga de agua, un ascensor parado, una ventana rota en zona común — todo eso entra aquí.

4. Ejecutar los acuerdos en materia de obras y efectuar pagos y cobros

Aprobada una obra o gasto en junta, el administrador la ejecuta: contrata, supervisa y paga al proveedor. Y se ocupa de cobrar las cuotas ordinarias y extraordinarias.

5. Actuar como Secretario de la Junta y custodiar la documentación

Cuando la junta así se lo encomienda (lo habitual). Incluye redactar actas, enviarlas en plazo, llevar el libro de actas, y custodiar contratos, facturas, pólizas, certificados de instalaciones y toda la documentación de la comunidad. Esa documentación es de la comunidad, no del administrador.

6. Todas las demás atribuciones que le confiera la Junta

Cláusula abierta: la junta puede asignarle funciones extra, siempre dentro del marco legal.

Otras obligaciones derivadas y normativas relacionadas

Más allá del artículo 20, la práctica profesional añade obligaciones que vienen de otras leyes:

Custodia de fondos en cuentas separadas

Los fondos de la comunidad deben mantenerse en cuentas a nombre de la comunidad, no del administrador. Esto evita confusiones patrimoniales y es exigible deontológicamente. Una comunidad nunca debe tener su dinero en una cuenta del administrador.

Cumplimiento de la normativa de protección de datos (RGPD)

Los datos de propietarios, morosos, contactos y comunicaciones están bajo el RGPD y la LOPDGDD. El administrador, como responsable o encargado del tratamiento, debe garantizar:

  • Información clara sobre el tratamiento.
  • Medidas técnicas de seguridad (servidores europeos, copias de seguridad, control de accesos).
  • Atención a los derechos ARCO-POL (acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad, limitación).

Cumplimiento de la normativa fiscal de la comunidad

La comunidad tiene NIF y obligaciones fiscales:

  • Modelo 184 (entidades en régimen de atribución de rentas, si procede).
  • Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €).
  • Retenciones a profesionales y modelo 111/190.

El administrador es quien debe presentarlos correctamente en plazo.

Convocatoria y celebración de juntas en plazo

El art. 16 LPH: una junta ordinaria al año como mínimo, con convocatoria con al menos 6 días naturales de antelación.

Gestión proactiva de la morosidad

Aunque el monitorio judicial pueda contratarse aparte, iniciar las reclamaciones amistosas y preparar la documentación para vía judicial entra dentro de la gestión ordinaria.

Atención a propietarios

Atender consultas en plazo razonable, dar acceso a la documentación cuando se pide y mantener informados al Presidente y al resto de cargos.

Custodia y actualización de inspecciones técnicas

Llevar el calendario de ITE/IEE, OCA del ascensor, instalaciones eléctricas, contraincendios, RITE, avisar con antelación y coordinar las revisiones.

Lo que el administrador NO está obligado a hacer

A veces se le pide lo que no le toca. Conviene saberlo:

  • No es el portero: no abre puertas, no recibe paquetes, no controla accesos.
  • No media en conflictos privados entre vecinos: ruidos, malos olores, broncas — eso es del Presidente o de los propios vecinos (y, si no se resuelve, de la vía judicial).
  • No paga obras sin acuerdo de junta (salvo urgencias justificadas).
  • No decide por la comunidad: solo ejecuta lo decidido en junta.
  • No es portavoz de propietarios particulares frente al resto: representa al colectivo, no a uno solo.

¿Qué pasa si incumple sus obligaciones?

Tres vías:

  1. Revocación: la junta lo cesa por mayoría simple.
  2. Reclamación al colegio (si es colegiado): expediente disciplinario.
  3. Reclamación civil: si hay daño económico a la comunidad, se le reclama vía judicial (de ahí la importancia del seguro de RC).

Estas vías son acumulables: una comunidad puede cesar al administrador, denunciarlo al colegio y reclamarle daños civilmente a la vez.

El test rápido para tu administrador

Hazte estas preguntas:

  1. ¿Presenta presupuesto anual con desviaciones explicadas del año anterior?
  2. ¿Atiende incidencias urgentes en horas, no en días?
  3. ¿Conserva y entrega cuando se le pide la documentación de la comunidad?
  4. ¿Lleva un calendario de inspecciones obligatorias?
  5. ¿Tiene los fondos en una cuenta a nombre de la comunidad?
  6. ¿Cumple plazos de convocatoria y envío de actas?
  7. ¿Custodia los datos personales con garantías RGPD?

Si la respuesta a alguna es «no» o «no sé», ya hay margen de mejora.

En resumen: las obligaciones del administrador de fincas, claras

Las obligaciones del administrador no son una lista de buenas intenciones — son derecho positivo. El art. 20 LPH y la práctica profesional definen un marco claro de seis funciones principales y un conjunto de obligaciones complementarias en custodia, fiscalidad y protección de datos. Cuando un administrador falla, no es solo «mal servicio»: puede ser un incumplimiento legal con consecuencias civiles.

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